{"id":15007,"date":"2024-03-25T02:11:49","date_gmt":"2024-03-25T02:11:49","guid":{"rendered":"https:\/\/labitacoraradio.com.ar\/web\/?p=15007"},"modified":"2024-03-26T02:17:46","modified_gmt":"2024-03-26T02:17:46","slug":"el-gobierno-oficializo-la-nueva-formula-de-movilidad-jubilatoria-por-decreto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/labitacoraradio.com.ar\/web\/?p=15007","title":{"rendered":"El Gobierno oficializ\u00f3 la nueva f\u00f3rmula de movilidad jubilatoria por decreto"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-medium-font-size\">Fue publicado el DNU en el Bolet\u00edn Oficial. El ministro de Econom\u00eda, Luis Caputo, adelant\u00f3 que los beneficiarios que perciben la m\u00ednima cobrar\u00e1n 172.000 pesos, m\u00e1s el bono complementario<br><br>Trabada la posibilidad de llegar a buen puerto en el Congreso, el Gobierno Nacional decidi\u00f3 por decreto establecer la nueva f\u00f3rmula de movilidad jubilatoria que impactar\u00e1 en los haberes reci\u00e9n a partir de julio. Para abril, mientras tanto, se aplicar\u00e1 un ajuste del 12,5% decidido por el Gobierno, m\u00e1s adelantos todav\u00eda no precisados de la movilidad correspondiente a junio que llevar\u00e1n la m\u00ednima a 172.000 m\u00e1s el bono, lo que har\u00e1 que nadie cobre menos de 204.445 pesos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Tal como hab\u00edan adelantado desde Casa Rosada, la actualizaci\u00f3n estar\u00e1 basada en el \u00cdndice de Precios al Consumidor. Pero la publicaci\u00f3n sorprendi\u00f3 al contradecir un comunicado oficial del viernes \u00faltimo. Al final, el ajuste por inflaci\u00f3n llegar\u00e1 reci\u00e9n en el mes de julio. Mientras tanto, habr\u00e1 un esquema de transici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Esto va en contra de lo publicado por la Oficina del Presidente de la Rep\u00fablica que aseguraba, el 22 de marzo, que \u201cdesde el mes de abril los jubilados argentinos cobrar\u00e1n con aumentos mensuales de acuerdo al \u00cdndice de Precios al Consumidor\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">La actualizaci\u00f3n lineal por inflaci\u00f3n, entonces, deber\u00e1 esperar. Pero se compensa la transici\u00f3n con una serie de ajustes determinados por el decreto. Para abril, habr\u00e1 un porcentaje de suba que ser\u00e1 del 12,5%. Son dos puntos por encima de la propuesta inicial del ministro de Econom\u00eda, Luis Caputo, que queda, sin embargo, por debajo del 20 por ciento que exig\u00eda la oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">El mecanismo de transici\u00f3n responde a la necesidad de evitar demandas judiciales por per\u00edodos devengados, dijeron fuentes oficiales. En s\u00ed, sin embargo el ajuste inmediato ser\u00e1 equivalente al que se aplicar\u00eda por inflaci\u00f3n seg\u00fan explic\u00f3 el propio ministro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cAl aumento del 30% que dimos el mes pasado ahora damos el 13,2% de febrero, m\u00e1s 12,5% de recomposici\u00f3n, m\u00e1s el bono. Ahora la m\u00ednima ser\u00e1 de $ 172.000 m\u00e1s el bono, un 64% de recomposici\u00f3n\u201d, hab\u00eda precisado ayer Caputo en declaraciones televisivas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Ese ajuste no se sentir\u00e1 en los haberes m\u00e1s bajos, que ya ten\u00edan una suba en sus montos de bolsillo por la aplicaci\u00f3n de un bono de $70.000. La m\u00ednima, quedar\u00e1 por segundo mes consecutivo en los $204.445 que se pagaron en marzo. Percibir\u00e1n aumentos los que superen ese nivel de haber o quienes, estando por debajo llegan a sentir el impacto del ajuste.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cLos haberes se actualizar\u00e1n mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del \u00cdndice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTAD\u00cdSTICA Y CENSOS (INDEC)\u201d, se estableci\u00f3 en el Decreto 274\/2024 publicado este lunes en el Bolet\u00edn Oficial. \u201cEn ning\u00fan caso la aplicaci\u00f3n de dicho \u00edndice podr\u00e1 producir la disminuci\u00f3n del haber que percibe el beneficiario\u201d, se aclar\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">De acuerdo a la nueva f\u00f3rmula, el Gobierno ejemplific\u00f3: \u201cEn julio de 2024 se abonar\u00e1 la variaci\u00f3n del \u00cdndice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonar\u00e1 la variaci\u00f3n correspondiente a junio, y as\u00ed sucesivamente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Adem\u00e1s del incremento extraordinario en abril, en mayo se abonar\u00e1 un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo a\u00f1o; y en junio un incremento calculado conforme a la pauta fijada en el art\u00edculo 32 de la Ley N\u00b0 24.241. Dichos aumentos \u201cser\u00e1n a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el \u00edndice que se obtendr\u00e1 de acuerdo a la f\u00f3rmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente. Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontar\u00e1n los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido\u201d, explic\u00f3 el Poder Ejecutivo. \u201cEn caso de que estos superen el aumento calculado seg\u00fan la f\u00f3rmula mencionada en el primer p\u00e1rrafo de este art\u00edculo, no se descontar\u00e1 la diferencia, la que se considerar\u00e1 incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonar\u00e1 la diferencia resultante\u201d, se agreg\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">En los considerando, el Gobierno cuestion\u00f3 la f\u00f3rmula de movilidad vigente: \u201cHa arrojado resultados desastrosos para los jubilados y pensionados del pa\u00eds, quienes han sufrido una notoria p\u00e9rdida del poder adquisitivo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cLa urgente necesidad de modificar la f\u00f3rmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el est\u00e1ndar de vida de los adultos mayores y evitar que contin\u00faen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultar\u00eda el debido empalme de f\u00f3rmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto\u201d, justific\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cQue la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente a\u00f1o para ver incrementados sus haberes\u201d, sentenci\u00f3 el Poder Ejecutivo a trav\u00e9s del decreto que lleva la firma de Javier Milei y de todo el Gabinete de Ministros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong>Cu\u00e1l ser\u00e1 el aumento de abril<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">El texto precisa que para el mes de abril habr\u00e1 \u201cun incremento extraordinario equivalente al DOCE Y MEDIO POR CIENTO (12,5 %) sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024; y un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado conforme a la pauta fijada en el art\u00edculo 32 de la Ley N\u00b0 24.241 seg\u00fan la redacci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente, que se aplicar\u00e1 sobre el resultado del apartado precedente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Especialistas consultados por <em>Infobae<\/em> no pudieron precisar el segundo punto de este ajuste, pero el ministro de Econom\u00eda estim\u00f3 que eso llevar\u00e1 la m\u00ednima a $172.000. Esto es, que adem\u00e1s del 12,5%, se aplicar\u00eda un adelanto equivalente al 13,2% de inflaci\u00f3n de febrero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">En base a c\u00e1lculos del abogado previsionalista Adri\u00e1n Tr\u00f3ccoli, y siguiendo la l\u00f3gica detallada ayer por Caputo, Infobae lleg\u00f3 a las siguientes cifras para los haberes de abril:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">La Pensi\u00f3n Universal por Adulto Mayor (PUAM) deber\u00eda llegar en abril a $136.972,87, tras haber estado en $107.556,63 en marzo.<br>La jubilaci\u00f3n m\u00ednima estar\u00e1 en abril a $171.216,09, desde los $134.445,3 en los que estuvo este mes.<br>Por \u00faltimo, la jubilaci\u00f3n m\u00e1xima (un concepto bastante judicializado, pero que tiene su existencia administrativa) llegar\u00e1 el mes que viene a $1.152.122,13 frente a los $904.689,54 que se abonaron en marzo.<br>Pero estos no son todos los factores que van a influir en el monto que cobrar\u00e1n los jubilados el mes pr\u00f3ximo. Y eso es porque el Gobierno public\u00f3 la semana pasada un decreto que fija un nuevo bono de $70.000 para el mes que viene. Como siempre, aplica s\u00f3lo a las jubilaciones m\u00e1s bajas y no se suma linealmente al haber.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong>C\u00f3mo se aplica el bono de 70.000 pesos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">El decreto que establece el bono fija que con el aumento del 27,18% que se otorg\u00f3 en marzo y el bono de hasta $70.000, las jubilaciones y pensiones de haberes m\u00ednimos estar\u00e1n cobrando $204.445 brutos. El total se desglosa en $134.445 de m\u00ednima m\u00e1s $70.000.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Como el bono fijado por decreto se aplica sobre montos nominales, el aumento por el DNU de hoy que cambia la f\u00f3rmula de movilidad mueve el piso desde el que parte esa asignaci\u00f3n extra, pero no cambia el techo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Entonces, los jubilados que cobran la m\u00ednima percibir\u00e1n los $171.216,09 de la nueva f\u00f3rmula m\u00e1s $33.228,91 de bono para alcanzar un total de $204.445, lo mismo que cobraron en marzo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Los jubilados que cobren entre $171.217 y $204.444 percibir\u00e1n tambi\u00e9n un bono que lleve a su desembolso hasta el l\u00edmite de $204.445.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Por \u00faltimo, los haberes m\u00e1s altos, que hayan cobrado m\u00e1s de $204.445 en marzo, terminar\u00e1n cobrando con una suba del 27,35% mensual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong>Cu\u00e1les ser\u00e1n los aumentos de mayo y junio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">La norma, por otra parte, establece adem\u00e1s mecanismos de aumento similares en mayo y junio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cEn mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo a\u00f1o, calculado conforme a la pauta fijada en el art\u00edculo 32 de la Ley N\u00b0 24.241 seg\u00fan la redacci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente\u201d, establece el texto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cEn junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el art\u00edculo 32 de la Ley N\u00b0 24.241 seg\u00fan la redacci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente\u201d, agrega.<\/p>\n\n\n\n<p><em>(Fuente: Infobae)<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fue publicado el DNU en el Bolet\u00edn Oficial. 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