El proyecto de “Ficha Limpia” es impulsado por el senador Amilcar René Genre Bert y propone modificar el artículo 26 de la Ley 5.170 (Orgánica de los Partidos Políticos) y el artículo 17 bis de la Ley 2.988 (Partidos Políticos).
Se trata de una inhabilitación que alcanza a quienes hayan sido condenados por la comisión de delitos asociados a la corrupción (delitos contra la administración pública tales como cohecho, tráfico de influencias, fraude, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles por el ejercicio de funciones públicas, asociación ilícita, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito y encubrimiento), delitos contra las personas, la integridad sexual, el estado civil, la libertad, el orden económico y financiero, contra los poderes públicos y el orden constitucional, entre otros.
De este modo, todas aquellas personas que quieran ser representantes en listas electivas no podrán tener condena firme por ninguno de los delitos mencionados ya que los partidos políticos o alianzas electorales deberán exigir a todos sus precandidatos y candidatos el Certificado de Antecedentes Penales que acompañará la presentación de listas.
Por lo tanto, la presente iniciativa implica la modificación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos N° 5.170 y la Ley Electoral N° 2.988.
Cebe agregar que la ley de “Ficha Limpia” -que tomó relevancia en todo el país a partir de su recepción legislativa en las Provincias de Chubut, Mendoza y Salta-, “es un instrumento esencial para el desarrollo y afianzamiento de la ética en el ejercicio de la función pública en todos los ámbitos y en todos sus niveles”, afirma el senador en el proyecto, al que tuvo acceso esta Agencia.
Genre Bert dijo también “puede constituir una herramienta de suma utilidad para reforzar la calidad institucional en nuestra provincia, a la vez que puede representar un verdadero avance hacia la mejora y fortalecimiento de nuestro sistema representativo mediante medidas concretas que coadyuven a afianzar la transparencia y responsabilidad en la función pública como pilares esenciales del Estado Constitucional y Democrático de Derecho”.
(Fuente: APF)