La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia resolvió hacer lugar a lo solicitado por la querellante particular, abogada Marina Hundt y la Fiscal de Coordinación, Matilde Federik y, en consecuencia, revocar la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario de Mario René Wolff Furlong, dispuesta por la Sala II de la Cámara de Casación Penal, y disponer su inmediata detención y alojamiento en la Unidad Penal Nº 1, de esta capital
La medida solicitada por la querella y la fiscal, de la causa por corrupción de menores en Oro Verde, fue debido a que Wolff Furlong – condenado el 7 de noviembre de 2022-, se retiró del domicilio donde cumplía la prisión preventiva sin dar aviso a las autoridades judiciales incumpliendo la media que se le había impuesto oportunamente.
La querella solicitó que se revoque la prisión domiciliaria de Mario Rene Wolff Furlong y se disponga la prisión preventiva en la unidad penal correspondiente, en virtud de evidenciarse que el mismo habría incumplido las condiciones de otorgamiento de la misma.
La abogada Marina Hundt fundamentó dicha pretensión en la circunstancia de que, en su oportunidad el acuerdo de prisión preventiva bajo modalidad domiciliaria, se estipuló considerando el riesgo de fuga, atento las posibilidades económicas de la parte, pero teniendo especial prevalencia que el arraigo familiar que ostentaba, por lo que el riesgo de fuga podía conjugarse con una medida provisoria, menos gravosa que la prisión preventiva en unidad penitenciaria.
Expresó además que “así las cosas, ese arraigo familiar que diera fundamentación oportunamente a la prisión preventiva domiciliaria, se ha quebrado pues Wolff Fourlong transita deliberadamente por la ciudad, por lo que el arraigo familiar no ha contenido el cumplimiento de la prisión domiciliaria”.
Por su parte, la Fiscal de Coordinación de Paraná, Matilde Federik, mediante su presentación, consideró que puesta en conocimiento de la conducta de Wolff Furlong, expresada en el informe del Comisario Inspector Mario Celis, la misma ha evidenciado un grosero desapego a la medida coercitiva oportunamente impuesta y trasluce un material riesgo de fuga, el que debe ser ponderado a la luz de las instancias procesales ya desarrolladas, en marco del derrotero del presente proceso”.
También entendió que la prisión preventiva bajo modalidad domiciliaria ha demostrado ser insuficiente e ineficiente para el adecuado resguardo del fin procesal concreto: neutralizar el riesgo de fuga, imponiéndose a los operadores judiciales, la obligación de robustecer las medidas necesarias para asegurar los fines del proceso.
Entendiendo que al estar acreditada la violación de la prisión preventiva domiciliaria, solicitó que se ordene la inmediata detención de Wolff Furlong y que sea traslado a la Unidad Penal Nº 1.
El 7 de noviembre de 2022, el Tribunal de Juicio de Paraná, integrado por los vocales María Carolina Castagno, Rafael Cotorruelo y Alejandro Joel Cánepa condenó a Mario René Wolff Furlong a la pena de veintidós años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales del art. 12 del Código Penal, como autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, el medio de comisión y por el vínculo, reiterada -Hechos Primero, Segundo y Tercero- (arts. 5, 12, 40, 41, 45, 48, 55, 125, segundo y tercer párrafo del Cód. Penal).
La resolución fue firmada por la presidenta de la Sala Penal, Claudia Mizawak y la vocal Susana Medina.
(Fuente: APF Digital)